• La persona que esté a cargo de un kayak o bote a remo deberá poseer adecuada técnica de empleo
de la propulsión a remo, no navegar sin saber nadar. Evitar navegar solo.
• Usar obligatoriamente el chaleco salvavidas y/o dispositivo de ayuda a la flotación por parte de los
tripulantes de las embarcaciones propulsadas exclusivamente a remo y un (1) silbato adosado,
incluidos kayaks y canoas, establecidos en la Ordenanza 3/17 MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA BOTES
DE REMO.
• No navegar sobre cubierta del bote, hacerlo siempre dentro de su habitáculo (cockpit).
• Se podrá usar de manera optativa casco protector, ropa de protección térmica y botiquín de primeros
auxilios.
• Es recomendable utilizar ropa o chaleco salvavidas de colores llamativos a fin de facilitar la búsqueda
y rescate de ser necesario.
• De ser posible portar una pala de repuesto del tipo adecuado al kayak o bote a remo utilizado.
• Portar una (1) boza de cabo resistente, de longitud mínima igual a la eslora del kayak/bote a remo,
afirmada a la proa, un (1) cabo perimetral (de vida), una (1) linterna o farol de luz blanca todo
horizonte en caso de navegar en horario nocturno y un (1) balde o achicador.
• Verificar que el casco de la embarcación no presente vías de agua.
• Los kayaks deberán poseer pollerita o cubre cockpit, para evitar que ingrese agua al interior de la
embarcación.
• Portar teléfono celular en bolsa estanca, a mano.
• Remar a una distancia alejada de las embarcaciones a motor y dentro de los doscientos (200) metros
de la costa.
• Respetar las maniobras de las embarcaciones de transporte de pasajeros/turistas en sus
aproximaciones a muelles; siempre esperar a que atraquen o zarpen y jamás intentar cruzarles la
proa, ya que desde su ángulo visual los patrones no logran observar un kayak/bote a remo a corta
distancia.
• En los cruces, siempre ceder el paso a las embarcaciones a motor y establecer contacto visual con los
timoneles para verificar que están prestando atención a lo que sucede mientras navegan.
• En caso de vuelta campana, nunca abandonar el kayak ya que este posee reserva de flotabilidad.
• Los menores de dieciocho (18) años deberán navegar acompañados por personas mayores.
• Los usuarios de kayaks abiertos o sit on tops no deben sobrecargar las embarcaciones con más
pasajeros que los recomendados por sus fabricantes.
• Actuar siempre con suma prudencia, los kayaks y botes a remo son los más vulnerables.
• No tome riesgos innecesarios, conozca sus propios límites.
Por lo mismo recomienda a los navegantes y ciudadanos que realizan actividades náutico-deportivas de
buceo, kitesurf, windsurf, kayakismo, remo, etc., en las aguas del Golfo Nuevo, tener en cuenta que los
cetáceos se encuentran en su hábitat natural; por lo que se debe mantener una distancia prudencial de los
Cetáceos, no menor a cien (100) metros; respetando las distintas zonas de navegación y de actividad náutica
deportiva delimitada por esta autoridad marítima.
También se debe mantener la velocidad prudencial necesaria para navegar en la zona es por debajo de los
diez (10) nudos y adoptar recaudos de vigilancia, a fin de evitar colisiones y/o aproximaciones a ejemplares
de cetáceos durante la temporada de mayor presencia en el Golfo Nuevo.
Ante cualquier situación de emergencia comunicarse por frecuencia radial VHF CANAL 16 a Estación
Secundaria “L4S Puerto Madryn Prefectura Naval Radio” o a esta Prefectura teléfono de Emergencia Náutica
106 ó teléfono fijo 4451603.


