El Poder Judicial de la Nación dictó una medida cautelar que ordena el cese inmediato de la difusión de los audios atribuidos a Karina Milei, grabados dentro de la Casa Rosada. La resolución alcanza a cualquier medio de comunicación, ya sea escrito, audiovisual o digital, incluyendo redes sociales y plataformas web.
La medida fue difundida por el vocero presidencial, Manuel Adorni, quien destacó que el fallo “reconoció que se trata de una violación grave a la privacidad institucional y no de un caso vinculado a la libertad de expresión”.
El contenido del fallo
En la resolución, el juez señaló que toda restricción a la libertad de expresión debe interpretarse de manera restrictiva, citando jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. No obstante, subrayó que en este caso correspondía adoptar una medida precautoria para proteger derechos de privacidad institucional, de acuerdo con las facultades que le otorga el artículo 204 del Código Procesal.
En el escrito, se resolvió:
“Ordénase el cese de la difusión únicamente de los audios grabados en la Casa de Gobierno de la Nación, anunciados el día 29/08/2025 y atribuidos a la Sra. Karina Elizabeth Milei, a través de cualquier medio de comunicación de forma escrita y/o audiovisual y/o a través de redes sociales desde todo sitio, plataforma y/o canal web”.
Asimismo, se dispuso librar oficio al ENACOM con habilitación de días y horas inhábiles, notificando a la parte demandada y a la actora de lo resuelto.