El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°3 resolvió hoy hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la Asociación Trabajadores del Estado (ATE), suspendiendo provisoriamente los efectos del artículo 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/25 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional el pasado 21 de mayo.
La acción de amparo fue presentada por Rodolfo Aguiar, en su carácter de Secretario General de ATE, con el objetivo de que se declare la nulidad e inconstitucionalidad de dicha disposición. Según la presentación judicial, el artículo en cuestión afecta “en forma ilegal y arbitraria el derecho de huelga”, atentando contra el principio de progresividad y de libertad sindical.
La jueza nacional Moira Fullana dictó una sentencia interlocutoria en la que resolvió:
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Declarar la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo para entender en la causa.
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Admitir la viabilidad formal de la acción de amparo.
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Hacer lugar a la medida cautelar y suspender los efectos del artículo 3 del DNU 340/25 respecto de ATE y los trabajadores que representa, hasta que se dicte una sentencia definitiva.
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Diferir la imposición de costas y regulación de honorarios hasta el pronunciamiento final.
Este nuevo revés judicial se suma a la creciente controversia generada por el DNU 340/25, que ha sido ampliamente cuestionado por gremios, juristas y sectores de la oposición por considerar que vulnera derechos fundamentales de los trabajadores del Estado.



